¿Me cesarán si entra en vigor la Ley de reducción de temporalidad?

En Docentes por la Pública entendemos que si entrara en vigor podría suponer el cese de millares de interin@s; ya en su preámbulo habla de indemnizaciones para aquel personal interino que no supere el proceso de selección y marca un límite de tres años para ocupar un plaza, pasado el cual el profesorado cesará.

Ante tan graves consecuencias para l@s interin@s, desde Docentes por la Pública no entendemos la nula respuesta de sindicatos de enseñanza. Aunque desde DxP seguimos luchando, por ejemplo, venimos secundando las convocatorias de interin@s de otras administraciones agrupados en CAEPAT (plataforma formada por empleados en abuso de temporalidad). Fruto de estas presiones se han conseguido algunas mejoras (claramente insuficientes):

-Todas las plazas que hayan sido ocupadas de forma ininterrumpida de forma temporal antes del 2016 se sacarán a concurso donde primará la antigüedad. Será un concurso abierto y no defiende el criterio de la UE de 3 años como abuso de temporalidad por lo que se seguirá luchando en el referido sentido.

– Todas las plazas que estén o no en la relación de puestos de trabajo y hayan sido ocupadas de forma temporal en los últimos tres años deben sacarse a concurso- oposición donde se deja al albur de las administraciones autonómicas el que la fase de oposición no sea eliminatoria.

Por ello, desde Docentes por la Pública exigimos:

  • Una doble vía permanente en el tiempo que permita sacar a concurso la mitad de las plazas de cada especialidad en cada convocatoria.
  • Que se cumpla al pie de la letra la nueva ley que entra en vigor por lo cual todas las plazas de la plantilla de funcionamiento que hayan sido ocupadas de forma temporal en los últimos 6 años (sea por funcionario de carrera o interino) deben ser provistas por medio de un concurso de méritos donde prime la antigüedad. Sacar a concurso-oposición todas las plazas de la plantilla de funcionamiento que hayan estado ocupadas de forma temporal en los últimos tres años, en los mismos términos que lo anterior pero mediante un concurso-oposición en donde la fase de oposición no sea eliminatoria y sea eliminado el ejercicio de carácter práctico en la primera parte de la prueba.

– Que el resto de plazas sean provistas mediante concurso-oposición donde la fase de oposición no sea eliminatoria y sin ejercicio de carácter práctico

¿Si verdaderamente el deseo de la administración es estabilizar plazas… por qué no salen todas?

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